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LA OFICINA DE INMIGRACION CAMBIA DE POLITICA ACERCA TIEMPO NO AUTORIZADO DURANTE UNA APLICACION DE EXTENSION DE ESTATUS O CAMBIO DE ESTATUS ESTA PENDIENTE Por Ab. Juan J. Mendoza--El Latino Semanal-- En el 3 de marzo la oficina de inmigracion informo que ellos consideran el periodo durante una aplicacion de extension de estatus o de cambio de estatus que esta pendiente con ellos como un periodo autorizado por el Abogado General de los Estados Unidos. Esta politica es aplicable a personas que entraron a los Estados Unidos con una visa de no-immigrante y quienes forma I-94 se expiro durante el tiempo que la aplicacion de extension de estatus o cambio de estatus esta pendiente y hasta que inmigracion da una decision en su aplicacion. Para que esta politica sea ocupada, la persona tiene que haber enviado a inmigracion su aplicacion antes que se venza su fecha en su I-94, no haber trabajado ilegalmente y su razon por pedir una extension o cambio de estatus tiene que tener soporte legal o factual. Anteriormente, la oficina de inmigracion solo autorizaba un total de 120 dias despues que se entregaba la aplicacion de extension de estatus o cambio de estatus. Este cambio de politica de inmigracion es en respuesta a el problema en que aplicaciones para una extension de estatus o cambio de estatus puede tomar mas de 6 meses en ser adjudicada por inmigracion. El periodo despues de estos 120 dias contaba como periodo no autorizado por inmigracion. Esta politica afectaba a muchas personas que se quedaban en los Estados Unidos despues de haber acumulado mas de 6 meses despues de estos 120 dias. En esta situacion la persona no podia regresar a los Estados Unidos por mas de 3 anos al salir de los Estados Unidos despues de haber acumulado mas de 6 meses sin autorizacion de inmigracion. La seccion de inmigracion 212 (a) indica que una persona en los Estados Unidos sin autorizacion y quien acumula tiempo en los Estados Unidos puede ser afectado en no poder regresar a los Estados Unidos por 3 o 10 anos. |